Resolución 5477 de 2022 Regulación de Visas en Colombia
Conoce aquí todo lo que debes saber sobre las visas más importantes para venezolanos en Colombia y como aplicar a ellas
La Resolución 5477 de 2022: ¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es?
La Resolución 5477 del 22 de julio de 2022 es el marco normativo actual que regula todo el régimen de visas en Colombia. Fue expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y entró en vigor el 21 de octubre de 2022, derogando resoluciones anteriores.
¿Para qué sirve?
Su objetivo principal es actualizar, simplificar y establecer los tipos de visa (V, M y R), su alcance, las condiciones, los requisitos y el trámite para su solicitud, estudio y expedición. Esta resolución modernizó el sistema migratorio colombiano y creó nuevas categorías (como la visa Nómada Digital) y reguló las vías de regularización y residencia para poblaciones específicas, como la venezolana.
Visas Clave para Ciudadanos Venezolanos
La Resolución 5477 clasifica las visas en tres tipos principales: V (Visitante), M (Migrante) y R (Residente). Las siguientes categorías son algunas de las más relevantes para la población venezolana que busca regularizar o establecer su residencia permanente en Colombia:
| Categoría de Visa | Tipo | Enfocada a Venezolanos | Resumen y Requisitos Clave |
| V - Visitante Especial | V | Sí (Regularización) | Es una categoría de visa transitoria creada para la regularización migratoria de nacionales venezolanos que se encuentran en el territorio nacional y que ingresaron al país antes de una fecha específica establecida en la resolución que la adicionó. Se otorga por una sola vez y tiene una vigencia de hasta dos (2) años. Al finalizar este periodo, el titular debe aplicar a otra categoría de visa si desea permanecer en Colombia. |
| R - Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) | R | Sí (Residencia Permanente) | Esta es la vía de acceso a la residencia permanente para los venezolanos que se acogieron al Estatuto Temporal de Protección. Permite obtener la visa de Residente (R) al cumplir un tiempo mínimo de permanencia: el solicitante debe haber acumulado cinco (5) años de tiempo como titular de un PEP (Permiso Especial de Permanencia) y/o PPT (Permiso por Protección Temporal) vigente. |
| M - Padre o Madre de Nacional Colombiano | M | Sí (Vínculo Familiar) | Se otorga al extranjero que sea padre o madre de un nacional colombiano por nacimiento o por adopción. Es una visa de Migrante (M) que permite a su titular residir en el país y realizar cualquier actividad lícita, incluyendo trabajar. Es una categoría fundamental para consolidar la residencia a largo plazo de la unidad familiar. |
| M - Cónyuge o Compañero(a) Permanente de Nacional Colombiano | M | Sí (Vínculo Familiar) | Se otorga al extranjero que tenga un vínculo matrimonial o una unión marital de hecho (compañero permanente) legalmente constituida con un ciudadano colombiano. Esta visa de Migrante (M) permite residir y trabajar en el país, basándose en la estabilidad del vínculo familiar. Esta categoría es susceptible de ser revocada si el vínculo se disuelve. |
Requisitos detallados de las Visas Clave para venezolanos (Resolución 5477 de 2022)
1. Requisitos Generales (Aplican a todas las solicitudes de visa)
| Requisito General | Detalle |
| Pasaporte | Documento de viaje vigente y en buen estado, con una validez mínima de seis (6) meses al momento de la solicitud. Recordar que el pasaporte venezolano es valido por 10 años luego de su fecha de vencimiento (2231 de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia) y que el caso de la Visa R por EPTV no es requisito estricto ya que puede ser sustituido por el PPT |
| Fotografía | Una foto reciente a color (3x4 cm, fondo blanco, rostro completo), cumpliendo las especificaciones de la Cancillería. preferiblemente tomada en foto estudio. |
| Formulario | Diligenciar el Formulario Electrónico de Solicitud de Visa a través del portal del MRE (SITAC). Enlace al final de esta publicación |
| Copias Legibles | Copia de la página principal del pasaporte con los datos biográficos y, si aplica, copia de la última visa colombiana y del último sello de entrada o salida del país. Escaneado de forma perfecta. |
| Antecedentes | Certificación de movimientos migratorios expedida por Migración Colombia y antecedentes judiciales y/o penales de Colombia y del país de origen (según el tipo de visa). Recomendamos los dos |
2. Requisitos Específicos por Categoría
| Categoría de Visa | Tipo | Costos (USD - Estudio/Expedición) | Requisitos Específicos Clave |
| V - Visitante Especial (V) | V | $16 / $21 (Aprox.) |
1. Enfoque de Regularización: Demostrar nacionalidad venezolana. 2. Fecha de Ingreso: Acreditar que el ingreso al territorio nacional se produjo antes de la fecha de corte 4 de diciembre de 2024 establecida en la resolución que crea esta visa (generalmente una fecha límite anterior a la expedición de la norma). 3. Acta de Compromiso y Verificación para venezolanos. Para obtenerla, se debe agendar una cita en Migración Colombia, asistir personalmente y suscribir el documento que formaliza el compromiso de regularizar el estatus migratorio, presentando los documentos de identidad y de ingreso al país. 3. Documentos Adicionales: Otros documentos que solicite la autoridad de visas para confirmar la identidad y situación migratoria (ej. No tener antecedentes judiciales o penales). |
| R - ETPV (Estatuto Temporal de Protección) | R | $54 / $400 |
1. Permanencia Acumulada: Haber acumulado cinco (5) años de permanencia regular, continua e ininterrumpida como titular de un Permiso Especial de Permanencia (PEP) y/o un Permiso por Protección Temporal (PPT) vigentes. Se deben tener estos docuementos. 2. PPT Vigente: Ser titular de un PPT vigente al momento de la solicitud. 3. Solvencia Económica: Documento que certifique ocupación y/o fuente de ingresos. 4. Antecedentes: Certificado de antecedentes penales de Venezuela (apostillado y legalizado), recomendamos adjuntar los colombianos también |
| M - Padre o Madre de Nacional Colombiano | M | $54 / $270 |
1. Registro Civil: Copia del Registro Civil de Nacimiento del hijo(a) colombiano(a) que acredite la filiación. 2. Carta de Solicitud: Carta suscrita por el padre o madre extranjero solicitando la visa. Si el hijo(a) es mayor de edad, debe ser firmada por el hijo(a) nacional. 3. Solvencia Económica: Demostrar solvencia económica suficiente para su sostenimiento y el del menor (ej. extractos bancarios de los últimos 6 meses que demuestren ingresos). 4. Domicilio: La Cancillería podrá verificar que el padre/madre haya tenido una visa o permiso que otorgaba domicilio en Colombia al momento del nacimiento del menor. |
| M - Cónyuge o Compañero(a) Permanente | M | $54 / $270 |
1. Prueba del Vínculo: Copia del Registro Civil de Matrimonio Colombiano o prueba de la unión marital de hecho (ej. Escritura Pública, Acta de Conciliación o Sentencia Judicial). 2. Identificación del Nacional: Copia de la Cédula de Ciudadanía Colombiana del cónyuge o compañero permanente. 3. Carta de Apoyo: Carta de solicitud de la visa, firmada por el nacional colombiano. 4. Prueba de Convivencia: Documentos que acrediten la convivencia de la pareja. |
Notas importantes:
- PPT como base: Para la obtención de la Visa R (Residente) por ETPV, el Permiso por Protección Temporal (PPT) es el documento clave que permite contar el tiempo de permanencia requerido.
- Vigencia y Estabilidad: Las visas tipo M (Migrante) permiten una residencia más estable que las de tipo V, y las de tipo R (Residente) son de vigencia indefinida, lo que representa la máxima estabilidad migratoria en Colombia.
- Permisos para trabajar: Tanto las visas M (Cónyuge, Padre/Madre) como la visa R permiten al titular trabajar legalmente en Colombia sin necesidad de un permiso adicional.
Texto completo de la Resolución 5477 de 2022 (Ministerio de Relaciones Exteriores)
Enlaces Útiles para Trámites:
Formulario Único de Solicitud de Visa (SITAC):
Este es el sistema oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores para iniciar cualquier solicitud de visa en línea.
Descargo de Responsabilidad: La información aquí contenida es un resumen y debe ser verificada directamente con el Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería) o Migración Colombia, únicas entidades competentes para la expedición de visas y la toma de decisiones migratorias. Las normativas pueden ser modificadas o adicionadas.