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Todo lo que debes saber sobre el aislamiento obligatorio en Colombia

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Bogotá amanece desolada

Desde la medianoche del 24 de marzo, Colombia entró a un aislamiento preventivo obligatorio inédito en la historia reciente y en el que se restringen gran parte de las actividades económicas y domésticas de los colombianos durante 19 días.

Hacia el mediodía del lunes 23, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 457 de 2020, en el que fijó los parámetros de esta cuarentena, con la cual se busca frenar la expansión del coronavirus en el país.

Siguiendo las recomendaciones de expertos científicos, el presidente Iván Duque tomó la dura decisión el pasado viernes y les pidió a los colombianos “solidaridad” en medio de la emergencia sanitaria que está atravesando Colombia.

Estas recomendaciones buscan, al igual que ha sucedido en otros países, proteger a la mayor parte de la población durante las próximas semanas a la espera de que esta cuarentena logre reducir el número de infectados y fallecidos por la enfermedad.

Esta medida ha sido de buen recibo, en términos generales, en el país y tuvo el apoyo de diferentes sectores, tanto económicos como políticos y ciudadanos.

La restricción –según el decreto expedido este lunes– tiene 34 excepciones que cobijan a personal médico, servicios farmacéuticos, trabajadores de plataformas electrónicas, domicilios, bancos, notarías y medios de comunicación, entre otros.

También contiene varias disposiciones que buscan garantizar el abastecimiento de alimentos para todos los colombianos durante los días que dure este aislamiento, tanto a nivel de producción y transporte como de comercialización para los consumidores, una de las preocupaciones de varios ciudadanos.

De igual forma, se asegura la movilidad del personal necesario para la prestación adecuada de servicios públicos, labores de vigilancia privada y aseo en edificios domiciliarios; se permiten “servicios funerarios, entierros y cremaciones” y hay atención ininterrumpida en las comisarías de familia del país.

Y otro punto importante en el que insistió el Gobierno Nacional este lunes fue en la prohibición de vuelos nacionales, los cuales solamente serán permitidos en caso de “emergencia humanitaria”, “transporte de carga y mercancía” y “caso fortuito o fuerza mayor”.

¿Cómo son las reglas para salir de la casa?

Durante el periodo de aislamiento preventivo obligatorio habrá posibilidad de que un miembro de cada familia pueda salir de su residencia para comprar alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, de aseo, limpieza y otras mercancías de consumo ordinario. Igualmente, para la realización de transacciones bancarias y acceder a servicios en las notarías. Esto aplicará también para sacar a las mascotas a las calles.

En cuanto a las adultos mayores de 70 años, niños y adolescentes o personas con alguna discapacidad y que requieran salir de sus hogares, estas deben ir con un acompañante que les sirva de apoyo. Todos los ciudadanos que tengan que prestar servicios que estén en las excepciones que serán permitidas deberán identificarse ante las autoridades.

Los alcaldes y gobernadores podrán decretar otras prerrogativas para la movilidad, pero deberán ser informadas y coordinadas previamente con el Ejecutivo.

¿Cómo se manejan alimentos y medicinas?

Uno de los asuntos en los que el Gobierno Nacional ha sido insistente es en que se garantizará el abastecimiento de alimentos en los días que dura la cuarentena. En este sentido, este lunes se anunció que la producción y comercialización de alimentos –incluida la comida para mascotas– seguirán funcionando normalmente.

La idea, como lo ha manifestado el ministro de Agricultura, Rodolfo Zea, es que no haya desesperación ni “nerviosismo” ante una escasez de alimentos y que “nos lleve a salir a todos al mismo tiempo a comprar en las tiendas, en los supermercados”, ya que, según él, esto provocaría que “los precios comiencen a incrementarse” y eso no es “lo que necesitamos”.

Estas disposiciones cobijan también lo que tiene que ver con la producción y comercialización de medicamentos y productos de higiene y limpieza en general mientras dure el aislamiento.

¿Qué sanciones tendrán los que incumplan?

Para lograr el cumplimiento cabal de las medidas anunciadas este lunes, el Gobierno Nacional anunció que habrá sanciones económicas y penitenciarias para quienes incumplan con el aislamiento preventivo obligatorio.

En principio, las autoridades apelan al sentido de solidaridad de los colombianos, ya que esto se trata de un asunto de salud pública y entre más comprenda la ciudadanía la importancia de permanecer aislada, mayores beneficios se podrán obtener.

Sin embargo, quien insista en violar esta cuarentena estará expuesto a las sanciones contempladas en el artículo 368 del Código Penal.

Según esa norma, quien viole una medida sanitaria adoptada por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación de una epidemia podrá tener prisión de 4 a 8 años y, además, tendrá que pagar multas.